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a) Gastos antes de que nos concedan el prestamo:
La entidad financiera efectuará una tasación
del piso o local que se pretenden hipotecar,
mandando a un tasador y solicitará una Nota al
Registro de la Propiedad para comprobar que no
existen cargas en el inmueble que se pretende
hipotecar. Los gastos de estos trámites han de
ser abonados, si se han efectuado, aunque
finalmente no se llegue a conceder el préstamo.
Todo ello tiene que venir detallado en el
folleto informativo del banco. Estos gastos
rondan los 200 euros dependiendo en parte del
valor del inmueble.
b: ) Gastos al concedernos el prestamo:
- Comisión de apertura: en torno al 1% del
capital prestado (segun lo pactado). La entidad
la deduce directamente del dinero que entrega al
prestatario.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados:
su cuantía es el resultado de aplicar el 0,5% a
la cantidad total garantizada (no al préstamo,
sino a todo lo garantizado, que es préstamo,
intereses y costas). Aproximadamente llega al 1%
del capital.
- Notaria y Registro Propiedad: Son los
aranceles oficiales que nos facturarán estos
profesionales. Su cuantía depende directamente
del capital de la hipoteca. Aproximadamente
pueden ser 1.000 euros para una vivienda.
- Gastos de gestoria: la escritura, una vez
firmada, se presenta en las oficinas de Hacienda
para liquidar el impuesto citado anteriormente,
y después se presenta en el Registro de la
Propiedad correspondiente para su inscripción.
La tramitación, normalmente, la va a realizar
una gestoria del Banco puesto que sino no
entrega el dinero hasta que esté inscrita.
Previamente tenemos que saber cuanto nos costará
esta gestión pues se dan muchos casos de abuso,
un precio normal está en torno a los 150 euros y
puede variar según la ciudad.
Estos gastos son independientes de la compra
de la vivienda, son los gastos por solicitar la
hipoteca.
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